DESIGUALDAD RESISTENTE / La condición jurídica y otras situaciones que afectan su autonomía:

Las prácticas y leyes que aún discriminan a la mujer en Chile
Mercurio, Lunes 6 de agosto de 2007


Se les aplican exigencias distintas a los hombres como clientes en el sistema financiero, les cobran más por los planes de salud y les pagan menos en su trabajo en igual función masculina. En lo legal: al casarse en sociedad conyugal, el régimen imperante, quedan incapacitadas para administrar sus propios bienes por sí solas, lo que muchas recién descubren al separarse.

Si alguna mujer pensaba que por ser profesional, soltera o casada bajo régimen de separación de bienes iba a tener más autonomía y menos problemas de discriminación por género, tarde o temprano termina comprobando que no es así.
En Chile, todavía el marco legal y las exigencias de facto y olíticas propias de algunas instituciones terminan por restarles independencia en el manejo de sus patrimonios e incluso en decisiones sobre los ahorros que\nellas acumulan para sus hijos. En el plano legal, se va a paso lento. Recién esta semana se\naprobó en la Comisión\nde Constitución del Senado el proyecto, iniciado en 1995, que regula el régimen\neconómico dentro del matrimonio e intenta cambiar el de sociedad conyugal.

El 64% de las casadas lo está bajo este sistema, en que es el hombre quien administra los bienes de él, de ella y los comunes.
El Ejecutivo quiere sustituirlo por la comunidad de gananciales compartida. El proyecto está listo para seguir la discusión en sala. Pero, además, existe otra iniciativa sobre la patria potestad (el derecho a administrar los bienes de los hijos menores de edad) que pretende que ésta sea ejercida en conjunto por el padre y la madre. Hoy la ley\ndice que la puede tener cualquiera de los dos, pero a falta de acuerdo establecido, es el padre quien la ejerce. No obstante, lo más duro y difícil de erradicar parecen ser los patrones culturales y prejuicios, admiten en el Servicio Nacional de la Mujer (Sernam), como los que\nsubyacen en prácticas que eluden dar igualdad en el trato a la mujer, ya sea a\ntravés de políticas comerciales y de reglamentos que no son leyes. Les cobran más por planes similares en las isapres (la maternidad se le carga a ella), reciben 30% menor remuneración que el hombre en\nla misma función, y si ellas tienen postgrados, la brecha sube al 56%.En el área financieraEs fácil comprobar en terreno algunas de estas diferencias.>En una corredora bancaria, a una mujer profesional le exigen para invertir en acciones presentar un certificado de soltería (una declaración notarial con dos testigos que acrediten su condición). Ese trámite no figura para los hombres solteros.",1]
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En Chile, todavía el marco legal y las exigencias de facto y políticas propias de algunas instituciones terminan por restarles independencia en el manejo de sus patrimonios e incluso en decisiones sobre los ahorros que ellas acumulan para sus hijos.

En el plano legal, se va a paso lento. Recién esta semana se aprobó en la Comisión de Constitución del Senado el proyecto, iniciado en 1995, que regula el régimen económico dentro del matrimonio e intenta cambiar el de sociedad conyugal. El 64% de las casadas lo está bajo este sistema, en que es el hombre quien administra los bienes de él, de ella y los comunes.

El Ejecutivo quiere sustituirlo por la comunidad de gananciales compartida. El proyecto está listo para seguir la discusión en sala.

Pero, además, existe otra iniciativa sobre la patria potestad (el derecho a administrar los bienes de los hijos menores de edad) que pretende que ésta sea ejercida en conjunto por el padre y la madre. Hoy la ley dice que la puede tener cualquiera de los dos, pero a falta de acuerdo establecido, es el padre quien la ejerce.

No obstante, lo más duro y difícil de erradicar parecen ser los patrones culturales y prejuicios, admiten en el Servicio Nacional de la Mujer (Sernam), como los que subyacen en prácticas que eluden dar igualdad en el trato a la mujer, ya sea a través de políticas comerciales y de reglamentos que no son leyes.

Les cobran más por planes similares en las isapres (la maternidad se le carga a ella), reciben 30% menor remuneración que el hombre en la misma función, y si ellas tienen postgrados, la brecha sube al 56%.

En el área financiera

Es fácil comprobar en terreno algunas de estas diferencias.

En una corredora bancaria, a una mujer profesional le exigen para invertir en acciones presentar un certificado de soltería (una declaración notarial con dos testigos que acrediten su condición). Ese trámite no figura para los hombres solteros.

También, expresamente, a las mujeres casadas con separación de bienes se les exige un certificado que lo acredite, si van a adquirir acciones. A los hombres, en igual régimen, no.En materia de créditos también flaquea la confianza. Porquemás allá de las clasificaciones de riesgos, si ellas trabajan y aspiran a un crédito hipotecario o de consumo, a algunos bancos les importan los datos del cónyuge y se los piden e incluso la firma, aunque sean casadas con separación de bienes y puedan administrar su propio patrimonio. Así le pasó a una profesional cuando iba a renovar su crédito hipotecario de un departamento adquirido antes de su matrimonio.
En la Superintendencia de Bancos señalan que se trata de políticas comerciales que son prerrogativas de cada banco en particular. En parte, puede deberse, dicen, a la norma general que les sugiere conocer bien a los clientes y evitar riesgos de ilícitos como el lavado de dinero. Sin embargo, un abogado ligado a la banca explica que los bancos buscan mayores garantías cuando se trata de un bien que pueda ser declarado familiar y también porque se considera a las mujeres menos solventes y más inestables laboralmente.
Pese a ello, las mujeres ya significan el 38% del mercado bancario, y son más responsables en los pagos: exhiben un menor nivel de morosidad (1,6% respecto del 2,3% de los hombres), según un estudio de la Superintendencia de Bancos. Ahorros para el padre. En la banca privada, una mujer casada, con separación de bienes, no puede abrir por sí sola una libreta de ahorro a un hijo menor de edad sin que el padre lo autorice y adjunte sus datos. Si es separada o madre soltera, también corre riesgos con los recursos ahorrados a nombre de su hijo. Se llega a testimonios lamentables,\ncomo el que recibió la diputada PPD Ximena Vidal de Paulina: "Con mucho\nsacrificio ahorré sola un dinero para los estudios de mi hijo menor, y el\npadre, del cual estoy casada hace 5 años, giró sin consentimiento mío ni del\nniño todo ese dinero y se lo farreó".",1]
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También, expresamente, a las mujeres casadas con separación de bienes se les exige un certificado que lo acredite, si van a adquirir acciones. A los hombres, en igual régimen, no.

En materia de créditos también flaquea la confianza. Porque más allá de las clasificaciones de riesgos, si ellas trabajan y aspiran a un crédito hipotecario o de consumo, a algunos bancos les importan los datos del cónyuge y se los piden e incluso la firma, aunque sean casadas con separación de bienes y puedan administrar su propio patrimonio. Así le pasó a una profesional cuando iba a renovar su crédito hipotecario de un departamento adquirido antes de su matrimonio.

En la Superintendencia de Bancos señalan que se trata de políticas comerciales que son prerrogativas de cada banco en particular. En parte, puede deberse, dicen, a la norma general que les sugiere conocer bien a los clientes y evitar riesgos de ilícitos como el lavado de dinero.

Sin embargo, un abogado ligado a la banca explica que los bancos buscan mayores garantías cuando se trata de un bien que pueda ser declarado familiar y también porque se considera a las mujeres menos solventes y más inestables laboralmente.

Pese a ello, las mujeres ya significan el 38% del mercado bancario, y son más responsables en los pagos: exhiben un menor nivel de morosidad (1,6% respecto del 2,3% de los hombres), según un estudio de la Superintendencia de Bancos.

Ahorros para el padre

En la banca privada, una mujer casada, con separación de bienes, no puede abrir por sí sola una libreta de ahorro a un hijo menor de edad sin que el padre lo autorice y adjunte sus datos.

Si es separada o madre soltera, también corre riesgos con los recursos ahorrados a nombre de su hijo. Se llega a testimonios lamentables, como el que recibió la diputada PPD Ximena Vidal de Paulina: "Con mucho sacrificio ahorré sola un dinero para los estudios de mi hijo menor, y el padre, del cual estoy separada hace 5 años, giró sin consentimiento mío ni del niño todo ese dinero y se lo farreó".
El padre puede hacerlo. La diferencia la pone la ley sobre patria potestad, que pese a varias correcciones sigue favoreciendo al hombre y por eso está nuevamente siendo enmendada. Casos como éste, se repiten en todos los estratos sociales, cuando ya el 32% de los hogares chilenos están a cargo de mujeres. En la práctica, las mujeres no pueden administrar ni disponer de sus bienes. Y si bien conservan el dominio, no pueden enajenarlos, gravarlos, dar en arrendamiento o ceder la tenencia de los mismos por sí solas. Sí lo puede hacer el marido en su calidad de administrador de los bienes de la sociedad y con el consentimiento de ella. El Estado de Chile fue denunciado en 2003 a causa de esta norma por discriminación ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por una mujer (Sonia Arce) que no podía aceptar ni vender una herencia, ya que su marido, de quien estaba separada hace varios años, debía representarla. Según datos de Sernam, un 44,8% de las mujeres chilenas están casadas y un 64% de ellas lo están bajo sociedad conyugal. Son unos 2 millones de mujeres que resultan "relativamente incapaces" para administrar por sí solas sus bienes. Prioridad, terminar con la sociedad conyugal. La ministra del Sernam, Laura Albornoz, casi ni respira cuando alega y defiende con vehemencia la necesidad de un cambio drástico en las leyes chilenas, como la sociedad conyugal, que han sido observadas por la ONU, el Cedaw, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y son consideradas "discriminatorias". Son muchas las prácticas y normas con que se trata en forma\ndesigual a la mujer en Chile, advierte. Van 16 años de Sernam y ella admite que se ha avanzado en el tema de filiación, pero en cuanto a la mujer, en una escala de uno a diez, marcamos un 4 apenas como país. Un foco de máximo interés para el Gobierno es eliminar la sociedad conyugal, sobre la cual existe un proyecto de ley en trámite, hoy en\nel Senado, que partió hace 11 años. "Hay un compromiso del Estado chileno\nde reparar esta situación que existe en nuestras leyes", dice.",1]
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El padre puede hacerlo. La diferencia la pone la ley sobre patria potestad, que pese a varias correcciones sigue favoreciendo al hombre y por eso está nuevamente siendo enmendada.

Casos como éste, se repiten en todos los estratos sociales, cuando ya el 32% de los hogares chilenos están a cargo de mujeres.

En la práctica, las mujeres no pueden administrar ni disponer de sus bienes. Y si bien conservan el dominio, no pueden enajenarlos, gravarlos, dar en arrendamiento o ceder la tenencia de los mismos por sí solas. Sí lo puede hacer el marido en su calidad de administrador de los bienes de la sociedad y con el consentimiento de ella.

El Estado de Chile fue denunciado en 2003 a causa de esta norma por discriminación ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por una mujer (Sonia Arce) que no podía aceptar ni vender una herencia, ya que su marido, de quien estaba separada hace varios años, debía representarla.

Según datos de Sernam, un 44,8% de las mujeres chilenas están casadas y un 64% de ellas lo están bajo sociedad conyugal. Son unos 2 millones de mujeres que resultan "relativamente incapaces" para administrar por sí solas sus bienes.

Prioridad, terminar con la sociedad conyugal

La ministra del Sernam, Laura Albornoz, casi ni respira cuando alega y defiende con vehemencia la necesidad de un cambio drástico en las leyes chilenas, como la sociedad conyugal, que han sido observadas por la ONU, el Cedaw, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y son consideradas "discriminatorias".

Son muchas las prácticas y normas con que se trata en forma desigual a la mujer en Chile, advierte. Van 16 años de Sernam y ella admite que se ha avanzado en el tema de filiación, pero en cuanto a la mujer, en una escala de uno a diez, marcamos un 4 apenas como país.

Un foco de máximo interés para el Gobierno es eliminar la sociedad conyugal, sobre la cual existe un proyecto de ley en trámite, hoy en el Senado, que partió hace 11 años. "Hay un compromiso del Estado chileno de reparar esta situación que existe en nuestras leyes", dice.
Hoy día es el régimen legal que impera en Chile cuando las personas contraen matrimonio y es claramente discriminatorio hacia la mujer. Esta sociedad establece que incluso los bienes que son propios de la mujer, los del matrimonio y los que son producto de una herencia de un familiar son administrados por el hombre. Y no porque él sea más ducho o más hábil para los negocios, sino que únicamente por el hecho de ser hombre", explica la ministra.
Es cierto, admite que se le han puesto limitaciones, como que la mujer lo autorice cuando vende y la declaración de bienes familiares, pero si ella se opone el hombre puede recurrir ante el juez para que él consienta. Ella, en cambio, no tiene esos derechos. "Queremos un régimen más igualitario, tomar lo mejor de la sociedad conyugal y lo mejor de la separación de bienes y establecer un\nrégimen de comunidad de gananciales", resume. Éste sería el régimen legal,\ny tendría como efecto que durante la vigencia del matrimonio cada uno\nadministra por separado sus bienes, los bienes sociales en conjunto, y cuando hay divorcio o muerte de uno de los cónyuges, se produce una comunidad de los bienes adquiridos en el matrimonio.El propuesto es parecido en su origen a la participación de\ngananciales (vigente desde los 90 y muy poco usado), que se considera más\nengorroso porque en caso de muerte del cónyuge la mujer no se hace propietaria\ndel 50% de inmediato, sino que tiene que esperar la partición con los otros\nherederos.Si se logra que reemplazar la sociedad conyugal como régimen\nlegal imperante, no se descarta que el Parlamento insista en mantener como\n"supletorios", la separación de bienes e incluso la misma sociedad\nconyugal si algunos la quieren.Pero la idea, dice, es dejar atrás un efecto de la sociedad\nconyugal como régimen que impacta a muchas mujeres separadas y jefas de hogar:\nno tienen acceso a crédito y además las deudas de su cónyuge las limitan en el\nsistema financiero para emprender negocios y sostener a sus hijos.",1]
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"Hoy día es el régimen legal que impera en Chile cuando las personas contraen matrimonio y es claramente discriminatorio hacia la mujer. Esta sociedad establece que incluso los bienes que son propios de la mujer, los del matrimonio y los que son producto de una herencia de un familiar son administrados por el hombre. Y no porque él sea más ducho o más hábil para los negocios, sino que únicamente por el hecho de ser hombre", explica la ministra.

Es cierto, admite que se le han puesto limitaciones, como que la mujer lo autorice cuando vende y la declaración de bienes familiares, pero si ella se opone el hombre puede recurrir ante el juez para que él consienta. Ella, en cambio, no tiene esos derechos.

"Queremos un régimen más igualitario, tomar lo mejor de la sociedad conyugal y lo mejor de la separación de bienes y establecer un régimen de comunidad de gananciales", resume. Éste sería el régimen legal, y tendría como efecto que durante la vigencia del matrimonio cada uno administra por separado sus bienes, los bienes sociales en conjunto, y cuando hay divorcio o muerte de uno de los cónyuges, se produce una comunidad de los bienes adquiridos en el matrimonio.

El propuesto es parecido en su origen a la participación de gananciales (vigente desde los 90 y muy poco usado), que se considera más engorroso porque en caso de muerte del cónyuge la mujer no se hace propietaria del 50% de inmediato, sino que tiene que esperar la partición con los otros herederos.

Si se logra que reemplazar la sociedad conyugal como régimen legal imperante, no se descarta que el Parlamento insista en mantener como "supletorios", la separación de bienes e incluso la misma sociedad conyugal si algunos la quieren.

Pero la idea, dice, es dejar atrás un efecto de la sociedad conyugal como régimen que impacta a muchas mujeres separadas y jefas de hogar: no tienen acceso a crédito y además las deudas de su cónyuge las limitan en el sistema financiero para emprender negocios y sostener a sus hijos.
Una meta: obligar a empresas a romper la brecha salarialLa preocupación de la sociedad por romper la brecha salarial\nes uno de los temas que la Presidenta Bachelet y la ministra del Sernam\nllevan a la Cumbre\n Regional de Cepal sobre mujer y trabajo que se inaugura hoy\nlunes en Quito (Ecuador).
Y ya está listo para verse. El proyecto, en la sala de la Cámara de Diputado,\nincorpora al Código del Trabajo el principio de "igual remuneración entre\nhombres y mujeres por trabajo de igual valor".La iniciativa, que tiene prioridad para el Gobierno y\nSernam, obliga a las empresas de más de 50 trabajadores a llevar un registro de\ncargos y funciones y establecer un procedimiento interno para dar respuestas a\nreclamos escritos por infracción al principio de igualdad. Ya aprobó su\narticulado en general y en particular la Comisión de Familia.\EN CIFRAS\Las mujeres que trabajan:38% La brecha salarial respecto del hombre es, en promedio, de:30% Y si tienen un posgrado, la diferencia sube a 56 De las casadas, están bajo sociedad conyugal: Los hogares a cargo de mujeres solas constituyen el:32%

Una meta: obligar a empresas a romper la brecha salarial

La preocupación de la sociedad por romper la brecha salarial es uno de los temas que la Presidenta Bachelet y la ministra del Sernam llevan a la Cumbre Regional de Cepal sobre mujer y trabajo que se inaugura hoy lunes en Quito (Ecuador).

Y ya está listo para verse. El proyecto, en la sala de la Cámara de Diputado, incorpora al Código del Trabajo el principio de "igual remuneración entre hombres y mujeres por trabajo de igual valor".

La iniciativa, que tiene prioridad para el Gobierno y Sernam, obliga a las empresas de más de 50 trabajadores a llevar un registro de cargos y funciones y establecer un procedimiento interno para dar respuestas a reclamos escritos por infracción al principio de igualdad. Ya aprobó su articulado en general y en particular la Comisión de Familia.

EN CIFRAS

Las mujeres que trabajan:
38%

La brecha salarial respecto del hombre es, en promedio, de:
30%

Y si tienen un posgrado, la diferencia sube a
56%

De las casadas, están bajo sociedad conyugal:
64%

Los hogares a cargo de mujeres solas constituyen el:
32%.
ARTICULO ENVIADO POR DASTEN JULIAN VEJAR
SUBIDO POR M.O.

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